Normativa
VESTUARIO DE PROTECCIÓN LABORAL
E.P.I. = EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Concepto: Se entiende por E.P.I. cualquier dispositivo ó medio que vaya a llevar ó del que vaya a disponer una persona con el objeto de que la proteja contra uno ó varios riesgos que puedan amenazar su SALUD Y SU SEGURIDAD.
E.P.I. CATEGORÍA I
Concepto: Se consideran E.P.I. Categoría 1 los modelos, que debido a su diseño sencillo, el usuario pueda juzgar por si mismo, su eficacia contra riesgos mínimos, cuyos efectos, cuando sean graduales, puedan ser percibidos a tiempo y sin peligro para el usuario. Pertenecen a esta categoría, única y exclusivamente los E.P.I. que tengan por finalidad proteger al usuario de:
- A – Las agresiones mecánicas cuyos efectos sean superficiales.
- B – Los productos de mantenimiento poco nocivos cuyos efectos sean fácilmente reversibles.
- C – Los riesgos en que se incurra durante tareas de manipulación de piezas calientes que no expongan al usuario a temperaturas superiores a los 50∫C ni a choques peligrosos.
- D – Los agentes atmosféricos que no sean ni excepcionales ni extremos.
- E – Los pequeños choques y vibraciones que no afecten a las partes vitales del cuerpo y que no puedan provocar lesiones irreversibles.
- F – Radiación solar.
EN 13688/13 ROPA DE PROTECCIÓN. REQUISITOS GENERALES
EN 381 PROTECTORES CONTRA SIERRAS DE CADENA ACCIONADAS A MANO (EPI DE CATEGORIA II)
Se aplica a fin de ofrecer una protección contra los cortes producidos por las motosierras. Es importante advertir que ningún equipo de protección puede asegurar una protección 100% contra cortes provocados por sierras de cadena.
EN 381-5 Requisitos para los protectores de las piernas.
EN 381-9 Requisitos para cubierta amovible diseñada para proteger el pie, tobillo y parte inferior de la pierna.
EN 381-7 Requisitos para guantes.
MARCADO |
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CLASE 0: 16 m/s |
CLASE 2: 24 m/s |
CLASE 1: 20 m/s |
CLASE 3: 28 m/s |
EN 465 ROPA DE PROTECCIÓN CONTRA PRODUCTOS QUÍMICOS LÍQUIDOS. ROPAS CON UNIONES HERMÉTICAS A LAS PULVERIZACIONES (Equipos de tipo 4) EPI DE CATEGORÍA III
Requisitos mínimos que debe cumplir la ropa de protección contra productos químicos líquidos. Ropas con uniones herméticas a las pulverizaciones, destinadas a proteger al usuario contra los productos químicos líquidos. El traje debe confeccionarse de forma que su usuario tenga total libertad de movimientos. Deben ser resistentes a la abrasión, estabilidad al calor, resistencia a la flexión, a la perforación, al desgarramiento y a la permeabilidad de los líquidos.
EN 467 ROPA DE PROTECCIÓN CONTRA PRODUCTOS QUÍMICOS LÍQUIDOS (EPI DE CATEGORÍA III)
Requisitos mínimos que se requiere a las prendas que ofrecen una protección contra los productos químicos líquidos a ciertas partes del cuerpo, por ejemplo, los delantales, las mangas y los capuces.
EN ISO 20471:2013 ALTA VISIBILIDAD
Ropa de señalización de alta visibilidad: Ropa de señalización destinada a ser percibida visualmente sin ambigüedad en cualquier circunstancia. Material de fondo Material fluorescente de color, destinado a ser altamente visible, exento de cumplir los requisitos de esta norma concernientes al material de fondo. Material retrorreflectante: Material que es retro-reflector, pero que está exento de cumplir los requisitos de esta norma concernientes al material de fondo. Material combinado: Material que presenta a la vez propiedades de fluorescencia y de retro-reflexión CLASES Clase 3: El mayor nivel de protección. Requerido para personas que trabajen en autopistas, y carreteras con velocidades superiores a 80 km/h, aeropuertos o en sus proximidades. Deben incorporar un mínimo de 0,80m≤ de material de fondo y 0,20m≤ de materiales retrorreflectantes (4 metros de cinta reflectante de 5cm de anchura). Clase 2: Nivel intermedio Para personas que trabajan en carreteras y zonas donde no se circule a más de 80Km/h y vehículos de reparto. Deben incorporar un mínimo de 0,50m≤ de material de fondo y 0,13m≤ de material retrorreflectante (2,60 metros de cinta reflectante de 5cm de anchura). Clase 1: Nivel mínimo Nivel de protección mínimo requerido para personas que trabajen en caminos privados o para prendas que deben ser usadas con otras de mayor nivel. Debe incorporar un mínimo de 0,14m≤ de material de fondo y 0,10m≤ de material retrorreflectante (2 metros de cinta reflectante de 5cm de anchura)